Porque puede provocar intoxicaciones alimentarias que van desde molestias leves hasta enfermedades graves, especialmente en personas vulnerables como niños, embarazadas o ancianos. También puede generar sanciones y pérdida de reputación en negocios alimentarios.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.