Sí. Si no ha adoptado todas las medidas de prevención exigibles, el empresario puede enfrentar recargos de prestaciones, multas, responsabilidad civil e incluso penal. El deber de protección es incondicionado, incluso si hay imprudencias no temerarias por parte del trabajador.
¿Qué normativa de prevención de riesgos laborales se aplica a las cadenas de tiendas y establecimientos minoristas?
Se aplica el marco general de la Ley 31/1995 (LPRL), junto con reglamentos específicos como el RD 486/1997 (lugares de trabajo), RD 488/1997...



