No, la responsabilidad penal solo se da si hay dolo o culpa del empresario en la omisión de medidas de seguridad. Si el accidente se debe exclusivamente a una conducta temeraria e imprevisible del trabajador, el empresario no es penalmente responsable, siempre que haya cumplido con la normativa de prevención.
¿Existe legislación específica en España sobre prevención de riesgos laborales en la construcción?
Sí, en España existe una legislación específica para la prevención de riesgos laborales en la construcción. La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos...



