No, la responsabilidad penal solo se da si hay dolo o culpa del empresario en la omisión de medidas de seguridad. Si el accidente se debe exclusivamente a una conducta temeraria e imprevisible del trabajador, el empresario no es penalmente responsable, siempre que haya cumplido con la normativa de prevención.
¿Qué es una revisión de riesgos?
Es el proceso periódico de analizar si los riesgos previamente identificados siguen siendo válidos y si las medidas aplicadas siguen siendo...



