Sí. La omisión del deber de actuar en seguridad laboral puede considerarse delito, incluso sin dolo, si implica una infracción grave del deber de protección.
No es lo que dices, es cómo lo dices (y cómo haces sentir a quien lo escucha)
¿Te ha pasado? Una orden seca. Un email sin saludo. Una corrección delante de todo el equipo. Nada grave, en apariencia. Pero algo dentro se tensa, y el día ya no fluye...





