Administrativamente, el técnico no es sujeto sancionable por la Inspección de Trabajo. La sanción recae sobre el empresario, que es el obligado legal conforme a la LPRL.
Penalmente, sí puede ser responsable si su conducta u omisión se considera grave, culposa o dolosa, y guarda una relación causal con el daño, como una lesión o muerte del trabajador.
¿Están cubiertos los riders o repartidores de plataformas digitales por algún convenio?
Existe debate, pero algunos tribunales han aplicado el convenio estatal de mensajería a repartidores de plataformas como Amazon cuando la empresa no...



