Administrativamente, el técnico no es sujeto sancionable por la Inspección de Trabajo. La sanción recae sobre el empresario, que es el obligado legal conforme a la LPRL.
Penalmente, sí puede ser responsable si su conducta u omisión se considera grave, culposa o dolosa, y guarda una relación causal con el daño, como una lesión o muerte del trabajador.
El Gobierno aprueba el Plan Estival 2026 para vigilar los trabajos más expuestos al calor
El Consejo de Ministros ha aprobado las medidas y planes de actuación con motivo del período estival 2026. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social prevé campañas...





