Administrativamente, el técnico no es sujeto sancionable por la Inspección de Trabajo. La sanción recae sobre el empresario, que es el obligado legal conforme a la LPRL.
Penalmente, sí puede ser responsable si su conducta u omisión se considera grave, culposa o dolosa, y guarda una relación causal con el daño, como una lesión o muerte del trabajador.
¿Qué es una revisión de riesgos?
Es el proceso periódico de analizar si los riesgos previamente identificados siguen siendo válidos y si las medidas aplicadas siguen siendo...



