Administrativamente, el técnico no es sujeto sancionable por la Inspección de Trabajo. La sanción recae sobre el empresario, que es el obligado legal conforme a la LPRL.
Penalmente, sí puede ser responsable si su conducta u omisión se considera grave, culposa o dolosa, y guarda una relación causal con el daño, como una lesión o muerte del trabajador.
¿Qué reconoce la doctrina científica sobre los trabajadores mayores y la prevención?
La doctrina considera a los trabajadores mayores como colectivo vulnerable, aunque no exista norma específica. Propone estrategias de protección...



