Sí, si la negativa es reiterada, consciente y sin justificación, puede constituir una falta grave por desobediencia o indisciplina (art. 54 ET). La jurisprudencia lo avala, como en la sentencia del TSJ de Andalucía, nº 633/2020.
La Inspección de Trabajo refuerza el control de la prevención de riesgos laborales (PRL)
El nuevo Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo 2025–2027 establece la hoja de ruta para los próximos dos años con más actuaciones y mejor dirigidas por datos....





