No. Tras la reforma de 2025 (Ley 2/2025), la extinción automática del contrato por incapacidad permanente queda eliminada. La empresa debe demostrar que no es posible realizar ajustes razonables ni reubicar al trabajador en un puesto compatible, salvo que ello suponga una carga excesiva.
Alfabetización en inteligencia artificial: Ya es obligatorio formar en un uso seguro y responsable de la IA
Muchas empresas ya utilizan herramientas de inteligencia artificial en su trabajo diario. Lo que no siempre se tiene en cuenta es que formar para un uso responsable y...





