No. Tras la reforma de 2025 (Ley 2/2025), la extinción automática del contrato por incapacidad permanente queda eliminada. La empresa debe demostrar que no es posible realizar ajustes razonables ni reubicar al trabajador en un puesto compatible, salvo que ello suponga una carga excesiva.
Principales causas de los accidentes laborales mortales
El Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) publicó el informe “Análisis de causas de accidentes mortales en actividades prioritarias 2024”, en el...





