No. Tras la reforma de 2025 (Ley 2/2025), la extinción automática del contrato por incapacidad permanente queda eliminada. La empresa debe demostrar que no es posible realizar ajustes razonables ni reubicar al trabajador en un puesto compatible, salvo que ello suponga una carga excesiva.
Modernización de la PRL: qué incluye el acuerdo para reformar la prevención
La modernización de la PRL ha reabierto una conversación importante en el sector. No todos los días se plantea revisar el marco que regula la prevención en España. El...





