El carácter transversal de la Ley 31/1995 y la aplicabilidad general de los reales decretos (374/2001, 664/1997 y 665/1997) refuerzan que, aunque no haya norma sectorial, sí existe una obligación legal clara y específica por tipo de riesgo.
¿Es obligatorio evaluar los riesgos de los productos de limpieza clasificados como peligrosos?
Sí. El empresario debe realizar una evaluación de riesgos específica, teniendo en cuenta la peligrosidad, dosis, duración, exposición y condiciones...



