El RD 664/1997 clasifica los agentes biológicos en cuatro grupos según su nivel de riesgo para la salud humana, lo que determina las medidas preventivas aplicables.
¿Qué documentación prueba la diligencia debida en caso de reclamaciones por sobreexposición?
Historiales dosimétricos, registros de calibración, actas de incidentes, informes de auditorías, planes de emergencia y evidencias de formación...



