Multas administrativas, cierre temporal del comedor, pérdida de licencias, investigaciones sanitarias, demandas de los padres y un fuerte daño reputacional. Además, el centro puede verse obligado a revisar sus contratos con empresas de catering o personal externo.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.