La insuficiencia de formación puede considerarse infracción muy grave, sancionable y causa de recargo de prestaciones, según la jurisprudencia del Tribunal Superior de Justicia y el artículo 47.8 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
¿Cómo puede la empresa demostrar la actualización de la formación en prevención?
Mediante certificados y registros con fechas de realización, contenidos actualizados y acreditación de los formadores. Es recomendable programar...