El incumplimiento puede suponer recargos de prestaciones, sanciones administrativas, responsabilidad civil o penal, especialmente si hay accidentes con daño grave o si no hay evidencia de formación adecuada.
¿Qué exige el art. 316 del Código Penal para condenar al empresario?
Omisión dolosa o culposa de medios necesarios, generando peligro grave para vida o salud de los trabajadores.