La formación debe ser suficiente, adecuada, teórica y práctica, actualizada periódicamente, y adaptada a los riesgos específicos del sector o puesto, conforme al artículo 19 de la LPRL y el RD 39/1997.
¿Qué ocurre si la formación en prevención de riesgos laborales no se adapta a los riesgos reales del puesto?
Si la formación no se ajusta a los riesgos reales del puesto de trabajo, la empresa puede enfrentarse a sanciones administrativas graves, recargos...



