Procedimientos de detección, alarmas, evacuación o confinamiento, roles y cadenas de mando, protocolos de descontaminación y notificación inmediata al CSN según la IS-18/2008, con simulacros periódicos.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.