Debe remitir la documentación a la autoridad laboral dentro de los 10 días hábiles posteriores al cese, garantizando la confidencialidad de los datos (RD 665/1997).
Desconexión digital. Por qué sigue fallando una obligación legal que ya no admite excusas
La ley no deja demasiado margen para la interpretación. En España, la Ley Orgánica 3/2018 reconoce el derecho de las personas trabajadoras a la desconexión digital...





