Registros de la evaluación de riesgos, planificación preventiva, formación específica, entrega y uso de EPIs, presencia de recursos preventivos y procedimientos de emergencia aplicados.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.