Deben conservar evaluaciones de riesgo, registros de formación y autorización, instrucciones de uso, planes de prevención y fichas de inspección periódica del equipo.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.