No refrigerar correctamente mariscos, tocar el hielo con las manos, manipular fruta cortada sin guantes ni utensilios limpios, reutilizar tablas o cuchillos sin lavar y mantener productos expuestos demasiado tiempo al calor. Estos errores incrementan el riesgo de contaminación.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



