Es un documento obligatorio que autoriza a un trabajador a ingresar a un espacio confinado, garantizando que se han tomado las medidas de seguridad necesarias.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.