Es un conjunto de medidas integradas que garantizan la evacuación ordenada y segura de las personas ante una emergencia. Incluye rutas, alarmas, responsables y formación.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.