Es un equipo motorizado utilizado para elevar trabajadores o materiales a diferentes alturas. Su uso requiere formación específica y medidas de seguridad para evitar caídas o atrapamientos.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.