Debe recibir formación teórica y práctica específica en materia de prevención de riesgos eléctricos, manipulación de herramientas y medidas de emergencia, conforme al art. 19 de la LPRL y el RD 614/2001.
¿Qué ocurre si un trabajador se niega a usar el EPI, aunque esté formado y equipado adecuadamente?
Su negativa constituye un incumplimiento laboral sancionable, conforme al artículo 29.1.b de la LPRL y el artículo 58 del Estatuto de los...



