Su negativa constituye un incumplimiento laboral sancionable, conforme al artículo 29.1.b de la LPRL y el artículo 58 del Estatuto de los Trabajadores. La empresa puede aplicar sanciones disciplinarias, incluyendo la suspensión o el despido si la conducta es reiterada.
El Gobierno aprueba el Plan Estival 2026 para vigilar los trabajos más expuestos al calor
El Consejo de Ministros ha aprobado las medidas y planes de actuación con motivo del período estival 2026. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social prevé campañas...





