La Ley 6/2023 de Policías Locales de Andalucía establece la obligación de protección eficaz en seguridad y salud, aplicando la LPRL salvo en funciones exclusivas de policía, y obliga a los ayuntamientos a adaptar las medidas preventivas.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.