El Real Decreto 681/2003 transpone la Directiva 1999/92/CE y obliga a realizar una evaluación de riesgos, un documento de protección contra explosiones, formación específica y medidas preventivas técnicas y organizativas.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.