Debe realizar una evaluación específica de riesgos antes de la incorporación, considerando su falta de experiencia, madurez y desarrollo físico. Además, debe informar tanto al menor como a sus padres o tutores sobre los riesgos y medidas de protección (art. 27 LPRL).
¿Cuándo empezamos a ser “demasiado mayores” para el mercado laboral?
En noticias recientes sobre edadismo laboral en España se repite la incómoda afirmación de que a partir de los 45 años algo empieza a cambiar. Las oportunidades se...





