Debe implementar protocolos de prevención, informar y formar a la plantilla, habilitar canales de denuncia y actuar de forma inmediata ante cualquier caso, cumpliendo la Ley de Igualdad y la Ley de PRL.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.