Las empresas deben cumplir con el deber de coordinación de actividades empresariales según el artículo 24 de la LPRL y el RD 171/2004, lo que incluye compartir información preventiva, evaluar conjuntamente los riesgos y adoptar medidas coordinadas.
Las empresas deberán adelantar su plan de movilidad sostenible al trabajo: menos plazo y más foco en seguridad vial y formación
El calendario del plan de movilidad sostenible al trabajo ha cambiado. El Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, ha reducido de 24 a 12 meses el plazo para que...





