La falta de identificación de riesgos, de medidas preventivas reales, de seguimiento o de adaptación a los cambios puede ser interpretada por los tribunales como incumplimiento de las obligaciones preventivas, debilitando la defensa jurídica del empleador.
¿Qué ocurre si no hay una norma específica para un riesgo laboral en cruceros turísticos?
Se aplica supletoriamente la Ley 31/1995 y su normativa de desarrollo, salvo que una norma sectorial o internacional disponga lo contrario.