Su negativa constituye un incumplimiento laboral sancionable, conforme al artículo 29.1.b de la LPRL y el artículo 58 del Estatuto de los Trabajadores. La empresa puede aplicar sanciones disciplinarias, incluyendo la suspensión o el despido si la conducta es reiterada.
¿Qué consecuencias legales puede tener una formación preventiva insuficiente?
La insuficiencia de formación puede considerarse infracción muy grave, sancionable y causa de recargo de prestaciones, según la jurisprudencia del...



