Su negativa constituye un incumplimiento laboral sancionable, conforme al artículo 29.1.b de la LPRL y el artículo 58 del Estatuto de los Trabajadores. La empresa puede aplicar sanciones disciplinarias, incluyendo la suspensión o el despido si la conducta es reiterada.
¿La normativa sectorial sobre sílice cristalina es obligatoria en industrias no extractivas?
En industrias extractivas, la Orden ITC/2585/2007 es de aplicación directa. En otros sectores, se aplica supletoriamente la normativa general: LPRL,...



