La ergonomía es una de las cuatro disciplinas preventivas obligatorias según el RD 39/1997. Debe integrarse de forma coordinada con medicina del trabajo, seguridad e higiene industrial.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.