Puede reclamar ante la Inspección de Trabajo, presentar denuncia o recurrir judicialmente, pudiendo derivarse responsabilidades administrativas, civiles o incluso penales para la empresa.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.