Establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo a bordo de los buques de pesca, complementando la Ley 31/1995.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.