El establecimiento puede recibir sanciones, sufrir cierres temporales y enfrentar acciones legales si ocurre una intoxicación alimentaria y no puede demostrar que su personal tenía formación en higiene. Según la normativa europea, es obligatorio que todo manipulador de alimentos reciba formación adecuada, aunque no se exija un formato único de certificado.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.