Debe garantizar la prevención de riesgos en el nuevo destino, informar sobre riesgos específicos y coordinar medidas con la empresa o entidad receptora, si procede.
¿Qué exige el art. 316 del Código Penal para condenar al empresario?
Omisión dolosa o culposa de medios necesarios, generando peligro grave para vida o salud de los trabajadores.