Si no es posible adaptar el puesto para garantizar la seguridad, la empresa debe reubicar al trabajador en otro compatible. Solo en caso de imposibilidad objetiva podrá extinguir el contrato por ineptitud sobrevenida, demostrando que se han agotado todas las opciones de adaptación.
Desconexión digital. Por qué sigue fallando una obligación legal que ya no admite excusas
La ley no deja demasiado margen para la interpretación. En España, la Ley Orgánica 3/2018 reconoce el derecho de las personas trabajadoras a la desconexión digital...





