La temperatura debe mantenerse entre 17 °C y 27 °C en trabajos sedentarios, y entre 14 °C y 25 °C en trabajos ligeros, según el Anexo III del RD 486/1997.
La Inspección de Trabajo refuerza el control de la prevención de riesgos laborales (PRL)
El nuevo Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo 2025–2027 establece la hoja de ruta para los próximos dos años con más actuaciones y mejor dirigidas por datos....





