La temperatura debe mantenerse entre 17 °C y 27 °C en trabajos sedentarios, y entre 14 °C y 25 °C en trabajos ligeros, según el Anexo III del RD 486/1997.
La reforma de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales: qué cambia para empresas y servicios de prevención
El 28 de abril, coincidiendo con el Día Mundial de la Seguridad y la Salud en el Trabajo, el Consejo de Ministros aprobó el Anteproyecto de Ley que modifica la Ley de...





