Según la LISOS, las infracciones pueden clasificarse como leves, graves o muy graves, con sanciones económicas desde los 45 hasta más de 800.000 euros, según la gravedad y la reincidencia.
¿Qué ocurre si un trabajador se niega a usar el EPI, aunque esté formado y equipado adecuadamente?
Su negativa constituye un incumplimiento laboral sancionable, conforme al artículo 29.1.b de la LPRL y el artículo 58 del Estatuto de los...



