No. Aunque tiene particularidades, el trabajo marítimo no es una relación laboral especial, por lo que se aplica la normativa laboral común, complementada por leyes específicas como la Ley 14/2014 y la LPRL.
¿Por qué una misma norma de Prevención de Riesgos Laborales puede interpretarse de forma diferente según el caso?
Porque la PRL se adapta al contexto: el sector, tipo de tarea, nivel de riesgo, tamaño de la empresa, ubicación, condiciones del trabajador y...



