No. Aunque tiene particularidades, el trabajo marítimo no es una relación laboral especial, por lo que se aplica la normativa laboral común, complementada por leyes específicas como la Ley 14/2014 y la LPRL.
Fenómenos meteorológicos adversos: cómo debe prepararse la empresa antes de una alerta
Lluvias intensas, inundaciones, tormentas, viento, niebla, frío, nieve o episodios de baja visibilidad pueden cambiar en poco tiempo las condiciones en las que se...





