No. Aunque tiene particularidades, el trabajo marítimo no es una relación laboral especial, por lo que se aplica la normativa laboral común, complementada por leyes específicas como la Ley 14/2014 y la LPRL.
¿Qué riesgos deben evaluarse en el trabajo de reparto urgente?
Deben evaluarse riesgos como accidentes viales, carga y descarga, fatiga por jornadas prolongadas, estrés por presión de entregas, y trastornos...



