Sí. El RD 39/1997 permite delegaciones parciales cuando la empresa asume alguna especialidad con recursos propios y contrata el resto con un SPA.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.